Las empresas están obligadas a tener un registro salarial de toda su plantilla

De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla con objeto garantizar la transparencia salarial en las empresas para garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en trabajos de igual valor.

La norma, aprobada en octubre del año pasado, ha entrado en vigor este miércoles 14 de abril. El periodo temporal de referencia del registro salarial será con carácter general el año natural, aunque podrá modificarse.

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