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Convocatoria nuevas ayudas contratación CAM

La Comunidad de Madrid ha implementado nuevas ayudas que entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, con condiciones actualizadas y mayores importes. Estas subvenciones están diseñadas para promover la contratación de personas desempleadas y colectivos vulnerables, beneficiando tanto a empresas como a trabajadores. A continuación, te explicamos los cambios más relevantes, las líneas de ayuda y los requisitos para acceder a ellas.

  1. ¿Qué son estas subvenciones y a quién están dirigidas?

Las subvenciones para el fomento del empleo son medidas económicas diseñadas para apoyar a las empresas que contribuyen a la inserción laboral de personas en situación de desempleo. Estas ayudas están enmarcadas dentro de la Estrategia Madrid para el Empleo 2021-2027 y buscan promover:

  • Contrataciones indefinidas: Con especial atención a personas desempleadas de larga duración, jóvenes menores de 30 años y mayores de 45 años.
  • Inclusión de personas con discapacidad: Apoyando la integración laboral de personas con discapacidad igual o superior al 33% y otros colectivos vulnerables.
  • Promoción de contratos formativos: Facilitando la incorporación de jóvenes al mercado laboral mediante contratos que les permitan adquirir experiencia y formación profesional.

Estas subvenciones no solo benefician a las personas contratadas, sino que también ofrecen a las empresas importantes incentivos económicos para reducir los costes asociados a la contratación.

  1. Principales cambios a partir de 2025

La nueva normativa introduce mejoras significativas que hacen de estas subvenciones una herramienta aún más atractiva para empresas y empleadores. Los principales cambios incluyen:

  • Mayores importes: Las ayudas económicas se han incrementado, ofreciendo cantidades más altas para fomentar la contratación.
  • Condiciones para menores de 30 años: Ahora será obligatorio que los jóvenes contratados hayan estado desempleados al menos un mes (30 días), en lugar de solo un día como se requería anteriormente.
  • Jornada mínima: La jornada mínima subvencionable se incrementa de 20 a 30 horas semanales, promoviendo la creación de empleo de mayor calidad.
  • Incrementos adicionales por condiciones familiares:
    • 500€ adicionales si la persona contratada tiene hijos menores de 16 años o ascendientes en situación de dependencia.
    • 1.000€ adicionales si la familia es monoparental o numerosa, incrementando el apoyo económico para estos casos.
  1. Líneas de subvención disponibles

A continuación, se detallan las principales líneas de ayuda publicadas en las bases y sus características clave:

Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida

  • Modalidad: Contratación indefinida inicial.
  • Dirigida a: Personas mayores de 30 años desempleadas, con atención especial a mayores de 45 años, mayores de 55 años y quienes trabajen en municipios rurales con menos de 5.000 habitantes.
  • Importe:
    • 5.500€ para mayores de 30 años.
    • 7.500€ para mayores de 45 y 55 años, así como para quienes desempeñen su actividad laboral en municipios rurales.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.

Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes

  • Modalidad: Contratación indefinida inicial.
  • Dirigida a: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Importe: 5.500€.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.

Línea 3: Contrato formativo para la práctica profesional

  • Modalidad: Contrato formativo.
  • Dirigida a: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y Oficina de Empleo.
  • Importe: 5.500€.
  • Duración mínima del contrato: 6 meses.

Línea 4: Contrato de formación en alternancia

  • Modalidad: Contrato formativo.
  • Dirigida a: Jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Importe: 5.500€.
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.

Línea 5: Contratación de personas con discapacidad y colectivos vulnerables

  • Modalidad: Contrato indefinido inicial o transformación de contrato temporal.
  • Dirigida a:
    • Personas con discapacidad igual o superior al 33% (7.500€).
    • Personas con mayores dificultades de acceso al empleo (9.500€).
    • Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y personas en situación de exclusión social (9.500€).
    • Personas con capacidad intelectual límite (6.500€).
  • Duración mínima del contrato: 12 meses.

Línea 6: Incentivos a la inserción laboral

  • Modalidad: Contratación indefinida o temporal de al menos 6 meses.
  • Dirigida a: Personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social procedentes de centros especiales de empleo, empresas de inserción o itinerarios de inserción.
  • Importe: 3.000€.
  • Duración mínima del contrato: 6 meses.
  1. Beneficios adicionales

Estas ayudas pueden ser aún más atractivas gracias a incrementos adicionales que recompensan condiciones especiales:

  • 500€ adicionales si la persona contratada es mujer.
  • 500€ adicionales si la persona tiene hijos menores de 16 años o ascendientes en situación de dependencia.
  • 1.000€ adicionales si la familia es monoparental o numerosa.
  • 2.000€ adicionales si se trata de la primera contratación realizada por un autónomo.
  • 1.000€ adicionales si la entidad beneficiaria es una startup.
  1. Requisitos principales

Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes

La Línea 2 está dirigida a fomentar la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. A continuación, se detallan los principales requisitos para esta línea de subvención:

Requisitos generales para las empresas:

  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Estar al día con el pago de impuestos y obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Estar al corriente del pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el caso de profesionales colegiados.
  4. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
  5. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales según lo establecido en la normativa reguladora.
  6. No encontrarse en circunstancias que impidan recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
  7. Figurar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente según su actividad, en la fecha de la contratación por la que se solicita la ayuda.

Requisitos específicos para las personas contratadas:

  1. Ser personas jóvenes desempleadas menores de 30 años, inscritas como demandantes de empleo en una oficina de empleo del Sistema Nacional de Empleo.
  2. Estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en situación de beneficiarias el día anterior a su contratación.
  3. Contar con un período ininterrumpido de inscripción de al menos 30 días inmediatamente anterior a la contratación, computable por un período de 30 días.
  4. La contratación debe ser a tiempo completo; sin embargo:
    • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, los importes de la ayuda se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida.
    • La jornada a tiempo parcial no puede ser inferior al 75% de la jornada completa (30 horas semanales como mínimo).
  5. Para los contratos formativos (Línea 3), los trabajadores deben poseer alguno de los siguientes títulos:
    • Título universitario.
    • Título de grado medio o superior, especialista o máster profesional.
    • Certificado del sistema de formación profesional.
    • Título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas.

Cuantías de las ayudas e incrementos adicionales:

  • Importe base: 5.500€ por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo.
  • Incrementos adicionales:
    • 500€ adicionales si la persona contratada es mujer.
    • 500€ adicionales si la persona contratada tiene:
      • Hijos o hijas menores de 16 años.
      • Ascendientes a cargo en situación de dependencia.
    • 1.000€ adicionales (no acumulables con el incremento anterior) si además de tener hijos o hijas menores de 16 años, la persona contratada pertenece a una:
      • Familia monoparental.
      • Familia monomarental.
      • Familia numerosa.
    • 2.000€ adicionales si la contratación es realizada por un autónomo en su primer empleo.
    • 1.000€ adicionales si la empresa beneficiaria es una startup.

Régimen y financiación:

  • Esta ayuda está sujeta al Régimen de minimis.
  • Programa cofinanciado en el marco del Programa FSE+ 2021-2027, hasta una tasa máxima del 40%.

Plazo y procedimiento de solicitud:

  1. El contrato debe realizarse por escrito en el modelo establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  2. La persona contratada debe estar dada de alta en la Seguridad Social antes de presentar la solicitud.
  3. Plazo de presentación: Desde el 01/01/2025, las solicitudes deben presentarse dentro del plazo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada.

Línea 1: Contratación para personas desempleada de especial atención

Descripción:

Esta línea está diseñada para facilitar la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención, fomentando la inserción laboral de colectivos que enfrentan mayores barreras para el empleo. Los motivos por los cuales una persona puede ser considerada de especial atención incluyen:

  • Su edad (mayores de 45 años y, en especial, mayores de 55 años).
  • Su situación de desempleo (larga o muy larga duración).
  • Desempeñar su actividad laboral en municipios rurales de menos de 5.000 habitantes.

Las empresas pueden recibir subvenciones para un máximo de 10 contrataciones por año natural.

Cuantía de las ayudas:

Las cuantías de las ayudas por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo son:

  1. 5.500 euros si la persona contratada cumple con alguna de las siguientes condiciones:
    • Personas mayores de 30 años desempleadas de larga duración. Esto implica estar inscritas como demandantes de empleo durante al menos 360 días en los últimos 540 días antes de la contratación.
    • Personas con edades comprendidas entre 45 y 54 años (ambos inclusive) inscritas como demandantes de empleo al menos el día anterior a la contratación.
  2. 7.500 euros si la persona contratada cumple con alguna de las siguientes condiciones:
    • Personas mayores de 30 años desempleadas de muy larga duración. Esto implica estar inscritas como demandantes de empleo durante al menos 24 meses inmediatamente anteriores a la contratación.
    • Personas mayores de 45 años desempleadas de muy larga duración (24 meses de inscripción como demandantes de empleo).
    • Personas mayores de 55 años desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
    • Personas desempleadas de cualquier edad que trabajen en un municipio rural de la Comunidad de Madrid con menos de 5.000 habitantes.

Incrementos adicionales:

Las cuantías básicas se pueden incrementar en los siguientes casos:

  • 500 euros adicionales si la persona contratada es una mujer.
  • 500 euros adicionales si la persona contratada tiene:
    • Hijos o hijas menores de 16 años.
    • Ascendientes a su cargo en situación de dependencia.
  • 1.000 euros adicionales (no acumulables al incremento anterior) si la persona contratada pertenece a una:
    • Familia monoparental.
    • Familia monomarental.
    • Familia numerosa.
  • 2.000 euros adicionales para autónomos que contraten a su primer empleado.
  • 1.000 euros adicionales si la empresa beneficiaria es una startup.

Condiciones específicas:

  • Si la contratación se realiza a tiempo parcial, los importes de las ayudas se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida.
  • La jornada parcial no puede ser inferior al 75% de la jornada completa comparable.

Requisitos generales para las empresas:

  1. Tener domicilio social y fiscal en territorio español.
  2. Estar al día con el pago de impuestos y obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Estar al corriente en el pago de las cuotas a la mutualidad profesional (en caso de profesionales colegiados).
  4. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén garantizadas.
  5. Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales según la normativa reguladora.
  6. No encontrarse en circunstancias que impidan recibir subvenciones, según la normativa vigente.
  7. Figurar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente según la actividad, en la fecha de contratación.

Régimen y financiación:

  • Ayuda sujeta a Régimen de minimis.
  • Programa cofinanciado en el marco del Programa FSE+ 2021-2027, con una tasa máxima de cofinanciación del 40%.

Plazo y procedimiento de solicitud:

  • Inicio del plazo: Desde el 01/01/2025.
  • Duración: Las solicitudes deben presentarse dentro del plazo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en la Seguridad Social.
  • Resolución: La concesión o denegación de la subvención será notificada a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
  1. Plazo y procedimiento de solicitud

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de un mes desde la contratación. Es fundamental cumplir con todos los requisitos y aportar la documentación exigida, incluyendo los formularios específicos indicados en las bases.

Conclusión

Estas subvenciones no solo representan una oportunidad única para fomentar la estabilidad laboral y la inclusión de colectivos vulnerables, sino que también permiten a las empresas reducir costes y asumir un papel activo en la mejora del mercado laboral. Si estás interesado en aprovechar estas ayudas, consulta aquí todos los detalles y pasos necesarios para presentar tu solicitud.